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La Instrucción AFRS 36-2001 , Reclutamiento de la Fuerza Aérea , enumera las siguientes ofensas como Ofensas Morales Categoría 5. Sin embargo, esta lista es solo una guía, y la Fuerza Aérea considerará otras infracciones de naturaleza similar, así como las infracciones de tránsito, como una infracción de Categoría 5.

Excepción

La Fuerza Aérea trata la conducción imprudente o descuidada como una infracción de  Categoría 4 .

Si la infracción es por multas de estacionamiento, la Fuerza Aérea solo cuenta las multas escritas por agentes de la ley para estacionar en zonas prohibidas, independientemente de la ubicación. No cuentan ni documentan las multas de estacionamiento por horas extras y no cuentan las multas de estacionamiento emitidas por firmas de seguridad privada, policía del campus o entidades similares.

Infracciones de categoría 5

  • Bloquear o retardar el tráfico.
  • Cruzando la línea amarilla, desviándose a la izquierda del centro.
  • Desobedecer semáforos, letreros o señales.
  • Conducir sobre el hombro.
  • Conducir un vehículo sin seguro.
  • Conducir con visión bloqueada o deteriorada.
  • Conducir con placas caducadas o sin placas.
  • Conducir sin licencia en posesión.
  • Conducir sin registro o con registro inadecuado.
  • Conducir en sentido contrario en una calle de un solo sentido.
  • No mostrar la etiqueta de inspección.
  • No tener el vehículo bajo control.
  • No mantenerse a la derecha o en el carril adecuado.
  • Falta de señal.
  • No detenerse o ceder el paso a un peatón.
  • No ceder el paso.
  • Equipo defectuoso (escape, bocina, luces, etc. defectuosos, tintado ilegal de las ventanas).
  • Siguiendo demasiado de cerca.
  • Respaldo inadecuado.
  • Soplo inadecuado de la bocina.
  • Pase inadecuado.
  • Estacionamiento inadecuado (no incluye estacionamiento en horas extras).
  • Giro inadecuado.
  • Adhesivo de inspección no válido o no oficial.
  • Dejando la llave en el encendido.
  • Placas de matrícula incorrectamente o no mostradas.
  • Operación de vehículo sobrecargado.
  • Reproducir la radio o el estéreo del vehículo demasiado alto (ruido o contaminación acústica).
  • Exceso de velocidad. (El concurso de velocidad, carreras o carreras de resistencia es una infracción de categoría 4).
  • Ruedas giratorias, arranque incorrecto.
  • Violación del cinturón de seguridad.
  • Zigzaguear o zigzaguear en el tráfico.

Sanción por infracciones excesivas

La condena o adjudicación adversa por seis o más infracciones de Categoría 5 en un período de 365 días en los últimos tres años o cinco infracciones de Categoría 5 y una infracción de tráfico de Categoría 4 en un período de 365 días en los últimos tres años es descalificante. La autoridad de aprobación de la exención es el comandante del escuadrón de reclutamiento.