En este momento estás viendo Exenciones de antecedentes penales para la Fuerza Aérea

Nadie tiene derecho a servir en la Fuerza Aérea de los Estados Unidos. La ley federal y las directivas del Departamento de Defensa dan a los servicios militares un margen significativo para determinar a quién quieren aceptar para el alistamiento o la comisión. El historial criminal y «moral» de un solicitante juega un papel importante en si es o no elegible para unirse.

  • Los solicitantes con una o más condenas o adjudicaciones adversas de categoría 1 , categoría 2 o categoría 3 en su vida requieren una renuncia aprobada de descalificación moral.
  • Los solicitantes con dos o más condenas o adjudicaciones adversas en los últimos 3 años, o tres o más condenas o adjudicaciones adversas en su vida, de la categoría 4 requieren una renuncia aprobada de descalificación moral.
  • Los solicitantes con seis o más condenas o adjudicaciones adversas en cualquier período de 365 días en los últimos 3 años de la categoría 5 requieren una renuncia aprobada de descalificación moral.

La Instrucción AFRS 36-2001, Reclutamiento de la Fuerza Aérea, incluye instrucciones detalladas sobre la definición de condenas y adjudicaciones adversas. Al evaluar un expediente de arresto, la información que indique absolución, cargos retirados, expediente borrado, desestimación del caso o que la persona fue objeto de un «nolle prosequi», no niega la importancia de la conducta subyacente.

Por lo tanto, para proteger los intereses de la Fuerza Aérea , base las determinaciones de elegibilidad en la información disponible sobre la conducta y acciones de una persona en lugar del resultado legal de un proceso penal. Una condena es un acto de encontrar a una persona culpable de un delito, ofensa u otra violación de la ley por parte de un tribunal, juez u otra autoridad de adjudicación autorizada e incluye multas y pérdida de fianza en lugar de juicio.

Una sentencia adversa

Una adjudicación adversa (de adultos o de menores) es un hallazgo, decisión, sentencia o sentencia, que no sea abandonada, desestimada o absuelta incondicionalmente. Cuando la autoridad adjudicadora impone una condición o restricción que conduce al despido, la retirada de cargos o la absolución, la adjudicación se considera adversa:

Una autoridad adjudicadora es un funcionario de un organismo gubernamental federal, estatal, del condado o local facultado para realizar hallazgos o determinaciones sobre presuntas infracciones penales (de adultos o menores) y establece la responsabilidad por la comisión de la infracción. La responsabilidad por la comisión del delito se establece mediante una condena o cuando el funcionario ordena una acción equivalente a una declaración de culpabilidad (p. Ej., Ingreso a un programa alternativo, libertad condicional o revocación de la libertad condicional).

Las autoridades de adjudicación incluyen:

  • Jueces.
  • Tribunales.
  • Magistrados.
  • Fiscales.
  • Funcionarios de audiencia.
  • Comandantes militares ( acción del artículo 15 o suspensión de privilegios de dependientes o acciones similares).
  • Oficiales de libertad condicional .
  • Oficiales o juntas de libertad condicional.

Un miembro no es elegible para comenzar el proceso de alistamiento durante los 3 meses posteriores a la terminación de la libertad condicional, libertad condicional, sentencia suspendida o cualquier período de reclusión por una condena. EXCEPCIÓN: Condenas suspendidas por infracciones de tránsito menores y finalización del servicio comunitario.

Estos factores pueden mitigar la información descalificante . Considérelos en el proceso de exención:

  • Inmadurez atribuible a la edad de la persona en el momento del delito.
  • Circunstancias que rodearon al delito.
  • Carácter aislado de la conducta.
  • El incidente ocurrió en la juventud de uno sin conducta criminal posterior.
  • Las condiciones temporales contribuyeron a la conducta (como el divorcio de los padres, una enfermedad grave o la muerte de un familiar inmediato, etc.) sin una conducta criminal posterior.